viernes, 31 de agosto de 2012

Síntesis de Noticias de Actualidad


Noticias de Actualidad
Otros diputados perredeistas presentarán su renuncia en los próximos días
SANTO DOMINGO.- El diputado perredeista por la Provincia Sánchez Ramírez, Cristian Paredes, renunció del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) alegando que no se siente representado por Hipólito Mejía ni por Miguel Vargas Maldonado, quienes se disputan el control de esa organización política. 

Al informar sobre su renuncia, en el Congreso Nacional, afirmó que no tiene sentido pertenecer a un partido con vocación autodestructiva.

"No me voy a pasar la vida justificando lo injustificable. Ya el PRD no tiene justificación posible porque todos los días uno se despierta con un escándalo nuevo. Ya no me siento con el deseo de seguir participando en un partido que lo que busca es su propia destrucción", dijo el diputado.

Asimismo, dijo acusó a sectores de esa organización política, que no identificó, de confabularse con el gobierno del expresidente Leonel Fernández. "Van dos procesos en que altos dirigentes del partido atentan contra los intereses del PRD".
Cristian Paredes, nacido en San Francisco de Macorís, es doctor en Medicina, con especialidad en Ginecología y Obstetricia. Fue vocero del bloque del PRD y agota su quinto periodo como diputado. 

De su lado, Jorge Frías, diputado perredeista por la provincia Santo Domingo, confirmó que hay otros diputados de su organización que presentarían su renuncia en los próximos días, disgustados también por la situación que vive ese partido.
 

Pide a Miguel Vargas "tomar el toro por los cuernos" y comenzar a expulsar a todo aquel que esté impidiendo la reunificación del partido, para hacer una fuerte oposición al Gobierno y de cara al próximo proceso electoral. 


Hospital Ney Arias Lora eliminará pago de consulta externa http://www.diariolibre.com/noticias/2012/08/31/i350179_hospital-ney-arias-lora-eliminara-pago-consulta-externa.html

Hernández anuncia preapertura hospitales materno e infantil

SANTO DOMINGO. El director general del Complejo Hospitalario Ciudad de la Salud, doctor Félix Hernández, anunció el desmonte gradual del cobro de la consulta externa a los usuarios del Hospital Traumatológico Ney Arias Lora como lo dispuso el presidente de la República Danilo Medina.

Asimismo, informó que a partir del próximo lunes se iniciará la fase de preapertura del hospital de maternidad y el hospital pediátrico.

Pared Pérez favorece destituir funcionarios indisciplinados http://www.diariolibre.com/noticias/2012/08/31/i350181_pared-perez-favorece-destituir-funcionarios-indisciplinados.html

SANTO DOMINGO.Reinaldo Pared Pérez, secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  favoreció la destitución de los funcionarios quines no acaten las instrucciones emanadas del Poder Ejecutivo.

En su cuenta de Twitter, Pared Pérez, se identificó con sanciones drásticas a quien o quienes desoigan las instrucciones del jefe del Estado.
Sobre el particular se refirió en la víspera el también senador Julio César Valentín quien aseguró que si los despidos van en contra de la ley, porque son empleados de la carrera administrativa, hay que reponerlos.
Declaró Valentín que todo funcionario está sujeto al mandato de la ley y que nadie puede pasar por encima de lo que disponen las normas: "Toda actuación de un funcionario público debe estar sujeta a la ley, ese es el estado de derecho", sostuvo.
Los negocios fueron cerrados por un período de 20 días

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Interior y Policía José Ramón Fadul, clausuró esta semana 15 negocios de expendio de bebidas alcohólicas ubicados en distinto sectores de la ciudad de Santiago por incurrir en obstrucción de las vías públicas, hacer ruidos innecesarios y por exceder los horarios autorizados para operar.
También se entregaron 1,060 colchones, 1,290 mosquiteros y 730 sábanas
SANTO DOMINGO.- El Gobierno distribuyó, a través del Plan Social de la Presidencia, 471 mil 960 libras de raciones alimenticias crudas para las personas afectadas por la tormenta Isaac. En total, se han repartido 39 mil 330 bolsas con esos productos, equivalentes a 4 mil 720 quintales, para una inversión de RD$13,765,500.

Adicional a los alimentos, se entregaron 1,060 colchones, 1,290 mosquiteros y 730 sábanas, proceso que involucra una erogación financiera de RD$662,500, RD$97,382 y RD$173,582, respectivamente. El gasto global en este renglón fue de RD$933,464.
La alerta epidemiológica es por dengue y otras enfermedades
SANTO DOMINGO.- Las autoridades sanitarias de la República Dominicana expresaron que aún se mantiene la alerta epidemiológica por dengue y otras enfermedades, debido a la cantidad de lluvias caídas en todo el territorio nacional tras el paso de la tormenta Isaac.

La información la ofreció el ministro de Salud Pública, Freddy Hidalgo Núñez, quien señaló que trabaja con los ayuntamientos de todo el país para realizar limpiezas en todos los hogares afectados por el fenómeno natural.
INTERNACIONALes._

La corporación tiene 7,890 negocios en EEUU y 39,300 en diferentes países del mundo
NUEVA YORK.- Cientos de bodegueros dominicanos y sus empleados, establecidos en el barrio dominicano de Washington Heights (Alto Manhattan), corren el riesgo de desparecer de sus vecindarios si finalmente la cadena de venta de comestibles al detalle 7-Eleven abre 100 delicatesens, según manifestaron los criollos.

El dato sobre la eventual apertura de los establecimientos fue confirmado por Ramón Murphy, presidente de la Asociación de Bodegueros de Estados Unidos (ASOBEU), quien aclaró que la cadena lo que busca es abrir nuevas oportunidades a los pequeños comerciantes del Alto Manhattan.
De acuerdo con el último balance oficial, 42 personas murieron, 8 permanecen desaparecidas
CARACAS.- La gobernadora del estado Falcón, donde se encuentra la refinería de Amuay, Stella Lugo, indicó hoy que hay más de 1,200 viviendas afectadas por la explosión que se produjo en ese centro industrial el pasado sábado, y admitió que aún los vecinos tienen miedo después de lo sucedido.

"Ya tenemos 1,218 viviendas afectadas que hemos venido evaluando", indicó la gobernadora del estado noroccidental venezolano en declaraciones al canal estatal de televisión VTV.

Decreto 524-12 que designa 30 gobernadores Provinciales



SANTO DOMINGO. El presidente Danilo Medina Sánchez emitió el decreto 524-12 con el cual nombró a 30 gobernadores provinciales, de los cuales tres fueron ratificados, seis son mujeres y en la disposición se omitió por error la confirmación de la gobernadora de Puerto Plata, Eridania Llibre, quien sigue en su puesto.

Decreto  524-12 con el cual nombró 30 nuevos gobernadores civiles en igual número de provincias del país 

Los nuevos gobernadores son:
1.)    Luis Vargas de la provincia de Azua
2.)     Luis Emilio Medina por Bahoruco
3.)     Pedro Peña Rubio de Barahona
4.)     Fiordaliza Caridad Ceballos por Dajabón
5.)    Miledys Núñez por la provincia Duarte
6.)     Jesús Rafael Mejía por el Seybo
7.)     Fernando Fortuna en la provincia Elías Piña
8.)     Andrés Dilones Ovalles por  Espaillat
9.)     Domingo Teodoro  por  Hermanas Mirabal
10.) Guadalupe Jáquez por Hato Mayor
11.) Vianey Medina por Independencia
12.)  Ramón Güilamo por La Altagracia
13.) Juan José Tejada  por La Romana
14.) Andrés Rodríguez Céspedes por La Vega
15.) Aura Toribio, en Santiago
16.) Nelly Mercedes Melo por la provincia Peravia
17.) Enriquillo Lalane, por Samaná
18.)  Julio César Díaz, por San Cristóbal
19.)  Félix Estrella; por San José de Ocoa
20.)  William D´oleo, por San Juan de la Maguana
21.)  Félix de los Santos por  San Pedro de Macorís
22.)  Teresa Inoa, Sánchez Ramírez
23.)  Miguel Ángel Núñez, por Santiago Rodríguez
24.) Juan Frías por la provincia Santo Domingo
25.)  Domingo Colón por Valverde
26.)  Ángel Odalis Zabala  por  Pedernales
27.)  Andrés Concepción por Monte Plata
28.) Zaida Inmaculada Tejeda  por Montecristi
29.) Miguel Ángel Genao por Monseñor Nouel
30.)  Francisco Peña por María Trinidad Sánchez
31.) Eridania Llibre por  Puerto Plata

Sobre la Nueva Figura de Fideicomiso en República Dominicana


Ley No. 189-11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominica

La Ley No. 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso crea un marco legal unificado para impulsar el desarrollo del mercado hipotecario y de valores de la República Dominicana, igualmente incorpora la figura del fideicomiso, en aras de complementar la legislación financiera dominicana.
Para más información sobre los incentivos fiscales previstos en la Ley No. 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana así como sobre las figuras jurídicas que crea contáctenos; www.oficinabisono.com


Objetivo de la Ley:
Crear las figuras jurídicas necesarias y fortalecer las existentes, para poder desarrollar el mercado hipotecario dominicano, canalizando recursos de ahorro voluntario u obligatorio, para el financiamiento a largo plazo a la vivienda y a la construcción en general, profundizando el mercado de capitales con la ampliación de alternativas para los inversionistas institucionales y fomentando el uso de instrumentos de deuda que faciliten dicha canalización, lo que, unido a la creación de incentivos especiales, aportes del Estado y economías de procesos, sirvan para promover proyectos habitacionales, especialmente los de bajo costo, así como fomentar el ahorro para la adquisición de viviendas por la población, a fin de mitigar el importante déficit habitacional el país.

Fideicomiso:
Es el acto mediante el cual una o varias personas, llamadas fideicomitentes, transfieren derechos de propiedad u otros derechos reales o personales, a una o varias personas jurídicas, llamadas fiduciarios, para la constitución de un patrimonio separado, llamado patrimonio fideicomitido, cuya administración o ejercicio de la fiducia será realizada por el o los fiduciarios según las instrucciones del o de los fideicomitentes, en favor de una o varias personas, llamadas fideicomisarios o beneficiarios, con la obligación de restituirlos a la extinción de dicho acto, a la persona designada en el mismo o de conformidad con la ley. El fideicomiso está basado en una relación de voluntad y confianza mutua entre el fideicomitente y el fiduciario, mediante la cual este último administra fielmente los bienes fideicomitidos, en estricto apego a las instrucciones y a los requerimientos formulados por el fideicomitente.

Régimen Tributario Aplicable al Fideicomiso:

·         Impuestos sobre constitución, modificación o revocación de fideicomiso: estarán exentos de todo pago de impuestos, derechos, tasas, cargas, arbitrios municipales o contribución alguna, los actos para la constitución, modificación, revocación o extinción del fideicomiso, o de sustitución del o de los fiduciarios, así como la transcripción o el registro de los mismos. No obstante, deberán pagarse al momento de su registro ante el Registro Mercantil, cuando corresponda, las tarifas exigidas por las Cámaras de Comercio y Producción y a ser establecidas por las mismas, debiendo estas tarifas de registro ser fijas, y no en proporción a los montos involucrados en el documento de que se trate. El registro del fideicomiso constituido por acto auténtico deberá pagar las tasas que la ley prevea para el registro de contratos sin cuantía por ante las oficinas de Registro Civil que correspondan. Art. 45

·         Impuestos por traspaso de activos e impuestos sucesorales: Según la naturaleza de los bienes, el traspaso de los mismos al fiduciario, a los fines de constituir el patrimonio fideicomitido, estará sujeto a los impuestos de transferencia o de registro que la ley establece a tales fines, debiendo prever en el acto de transmisión del bien de que se trate, el valor por el cual dicho bien ha de ser contribuido al patrimonio del fideicomiso, para que se determine el impuesto a pagar. Sin embargo, dada la condición particular de los fideicomisos de oferta pública, éstos estarán exentos del pago de cualquier impuesto de transferencia. Para los fines del traspaso de los activos al fideicomiso por parte del fideicomitente, el mismo estará exento del pago del impuesto sobre la renta y del impuesto por ganancia de capital que se derive en los casos que aplique, según lo establecido en la Ley No.11-92, de fecha 16 de mayo del año 1992, que crea el Código Tributario de la República Dominicana, y sus modificaciones. Art.46

·         Impuesto sobre la renta: Las rentas obtenidas por la explotación o disposición del patrimonio fideicomitido, incluyendo los ingresos derivados de la venta ulterior de los bienes fideicomitidos, o las rentas y utilidades que resulten de los mismos, están exentas de todo impuesto o carga directa, incluyendo cualquier impuesto sobre la renta y cualquier impuesto sobre activos, establecidos en el Código Tributario de la República Dominicana, y sus modificaciones, con excepción del impuesto que corresponda sobre bienes inmuebles que formen parte de esos activos, y los impuestos sobre las ganancias de capital producto de la enajenación de activos de capital, pagaderos en la forma prevista en el Párrafo II del artículo 47 de la Ley.

Modalidades de Fideicomiso:

·         Fideicomiso de Planificación Sucesoral.

·         Fideicomisos culturales, filantrópicos y educativos: Se refiere a aquellos fideicomisos sin fines de lucro cuyo objeto sea el mantenimiento y preservación de patrimonios culturales, tales como museos, o la promoción y fomento de la educación, o la ejecución de labores filantrópicas de cualquier tipo, entre otros.

·         Fideicomiso inversión. Es la modalidad de fideicomiso celebrado por un fiduciario con sus clientes, para beneficio de éstos, o de terceros designados por ellos, en el cual se consagra como finalidad principal la inversión o colocación, a cualquier título, de sumas de dinero de conformidad con las instrucciones contenidas en el acto constitutivo. Este tipo de fideicomiso solamente podrá ser administrado por las administradoras de fondos de inversión y los intermediarios de valores facultados para la administración de cartera.

·         Fideicomiso de inversión inmobiliaria y de desarrollo inmobiliario: Los fideicomisos de inversión inmobiliaria son patrimonios independientes gestionados por una entidad administradora o fiduciaria, por cuenta y riesgo de los fideicomisarios, cuyo objetivo primordial es la inversión en proyectos inmobiliarios en distintas fases de diseño y construcción, para su conclusión y venta, o arrendamiento. Adicionalmente, pueden adquirir bienes raíces para la generación de plusvalías.
·         Fideicomiso de oferta pública de valores y productos. Es la modalidad de fideicomiso constituido con el fin ulterior y exclusivo de respaldar emisiones de oferta pública de valores realizadas por el fiduciario, con cargo al patrimonio fideicomitido.

Valores e Instrumentos para el financiamiento de la Vivienda y la Construcción:

a)      Letras hipotecarias: Son valores de oferta pública representativos de deuda a largo plazo, emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, como mecanismo para financiar nuevos préstamos hipotecarios a la vivienda y al sector hipotecario en general, los cuales constituyen a su vez la garantía global de los valores a ser colocados, y cuyas condiciones de monto, tasa de interés y plazo estén calzadas con las consignadas en dichos préstamos, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

b) Bonos hipotecarios: Son valores de oferta pública representativos de deuda a largo plazo, emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, con la garantía de préstamos hipotecarios existentes registrados en el activo de las mismas, cuyas condiciones sean compatibles con las consignadas en dichos títulos, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

c) Cédulas hipotecarias: Son valores a largo plazo, emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, con la finalidad de captar recursos directamente del público para financiar préstamos hipotecarios a la vivienda y al sector hipotecario en general, los cuales a su vez constituyen su garantía, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

d) Contratos de participación hipotecaria: Son instrumentos de deuda emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, con la garantía de préstamos hipotecarios registrados en el activo de las mismas, cuyos derechos son cedidos a un inversionista mediante contrato, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

e) Mutuos hipotecarios endosables: Son préstamos hipotecarios concedidos con recursos captados directamente del público por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, que tienen como garantía la primera hipoteca sobre bienes inmuebles presentados por el deudor, y consignan la estipulación previa de que pueden ser cedidos a terceros, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

f) Mutuos hipotecarios no endosables: Son préstamos hipotecarios concedidos con recursos captados del público por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, que tienen como garantía la primera hipoteca sobre bienes inmuebles presentados por el deudor y consignan la estipulación previa de que no pueden ser cedidos a terceros, siempre que se cumpla con lo establecido en la ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

g) Cuotas de fondos cerrados de inversión y de fondos mutuos o abiertos: Son los aportes que conforman un patrimonio o fondo, sea este cerrado de inversión o mutuos o abiertos, al amparo de la Ley sobre Mercado de Valores y en virtud de lo establecido en esta ley relativo a la facultad de las administradoras de fondos de inversión a fungir como fiduciario en una operación de fideicomiso.

h) Valores de fideicomisos: Son aquellos valores de largo plazo que están respaldados por fideicomisos de oferta pública o garantizados por fideicomisos en garantía, al amparo de la Ley sobre Mercado de Valores y las disposiciones que se establecen en esta ley.
i) Valores hipotecarios titularizados: Son valores de oferta pública originados mediante procesos de titularización de carteras de préstamos hipotecarios, al amparo de la Ley sobre Mercado de Valores y las disposiciones que se establecen en la ley.

Disposiciones Especiales Relativas a las Viviendas de Bajo Costo:

·         Los Proyectos de Viviendas de Bajo Costo son proyectos de soluciones habitacionales, con participación de los sectores públicos y/o privados, cuyas unidades tendrán un precio de venta igual o inferior a dos millones de pesos (RD$2,000,000.00), monto que será ajustado anualmente por inflación conforme a las disposiciones del Artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana, y mediante los cuales se facilita el acceso de la familia a una vivienda digna. Los Proyectos de Viviendas de Bajo Costo podrán beneficiarse del desarrollo y aplicación de los instrumentos legales, financieros y fiscales previstos en la presente ley, a fin de incrementar los recursos disponibles para el financiamiento de los mismos y su infraestructura, así como para poder reducir los costos de las viviendas.

·         Los fideicomisos para la construcción creados para el desarrollo de Proyectos de Viviendas de Bajo Costo debidamente calificados, quedarán exentos del pago de un cien por ciento (100%) de los impuestos descritos a continuación:


a) Impuesto sobre la Renta y Ganancias de Capital previsto por el Código Tributario de la República Dominicana, y sus modificaciones.

b) Cualquier impuesto, derecho, tasa, carga, o contribución alguna que pudiere ser aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques. c) Impuesto sobre activos o patrimonio, incluyendo, pero no limitado, al Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos No Edificados (IPI) establecido por la Ley No.18-88, y sus modificaciones.

d) Impuestos sobre la construcción, tasas, derechos, cargas y arbitrios establecidos en la Ley que crea un Sistema de Elaboración de Reglamentos Técnicos para la Preparación y Ejecución de Proyectos y Obras Relativas a la Ingeniería, la Arquitectura y Ramas Afines, y su Reglamento de Aplicación, así como cualquier otra legislación que se haya creado o por crear, que afecte la construcción con el cobro de impuestos, tasas, derechos, cargas o arbitrios, incluyendo cualesquier otros impuestos sobre los servicios de construcción u otros servicios conexos brindados para el beneficio del proyecto.

e) Impuestos sobre el traspaso de bienes inmuebles y registro de operaciones inmobiliarias en general.

jueves, 30 de agosto de 2012

Noticias de Actualidad


Síntesis de Noticias de Actualidad._

Explican que tras un colapso hay que esperar que las tuberías se llenen y tomen presión

SANTO DOMINGO.- La Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) informó que tomará varios días la normalización de los servicios de agua, afectados tras el paso de la tormenta Isaac. Sin embargo, afirman que todos los sistemas de abastecimiento de agua ya están en operación. 

Luis Salcedo, director de operaciones de la CAASD, explicó que tras un colapso hay que esperar que las tuberías se llenen de agua nuevamente y tomen presión para que la calidad del servicio mejore.

 

Obispo de Barahona apoya que la provincia se declare en estado de emergencia. http://www.diariolibre.com/noticias/2012/08/30/i350002_obispo-barahona-apoya-que-provincia-declare-estado-emergencia.html

Dijo que los caminos vecinales fueron prácticamente destruidos y algunas carreteras

BARAHONA.- El obispo de la diócesis de esta ciudad, Rafael Leónidas Felipe Núñez, respaldó la propuesta del senador Eddy Mateo Vásquez, quien solicitó que la provincia sea declarada en estado de emergencia por los daños ocasionados durante la tormenta Isaac.

El padre dijo que se solidariza con ese pedido, "porque es una forma de lograr que el Gobierno asuma los problemas causados por Isaac".



Declaran al Municipio Polo en estado de emergencia http://www.diariolibre.com/temporada-ciclonica/2012/08/27/i349581_declaran-municipio-polo-estado-emergencia.html

Los tres principales acueductos han colapsado y la infraestructura eléctrica está destrozada

BARAHONA.- Tras el paso de la tormenta Isaac por el territorio dominicano, el Comité de Emergencia del Municipio Polo y sus regidores evaluaron las condiciones en que ha quedado la localidad y mediante una resolución lo declararon en estado de emergencia.
La medida fue tomada tras identificar los daños provocados por la tormenta, cuyos efectos fueron desastrosos en las diferentes comunidades de ese municipio.
"Hemos identificado más de 250 Kilómetros de caminos vecinales afectados, los tres principales acueductos han colapsado, la infraestructura eléctrica está destrozada, más de 100 viviendas afectadas y la agropecuaria está en runias", precisó el alcalde Andrés Ruiz Peña .



Cierran con candados y cadenas el cabildo de Jaquimeyes. http://www.diariolibre.com/noticias/2012/08/30/i349996_cierran-con-candados-cadenas-cabildo-jaquimeyes.html

Las labores administrativas y los trabajos están paralizados
BARAHONA . Las labores administrativas y los trabajos que se realizan en la población tras el paso de la tormenta Issac quedaron paralizada en el Distrito Municipal de Jaquimeyes, luego que un con regidor cerrara con candados y cadenas el edificio que aloja el cabildo. 

Fleuris Matos del Partido de los Trabajadores Dominicanos, sería seleccionado presidente de la Sala Capitular  de esta localidad, el pasado 16 de agosto, pero la sesión fue boicoteada alegadamente por el síndico, ingeniero Domingo Florián, quien se opone. 

Actualmente las diferencias entre el alcalde y el regidor se ha incrementado con el cierre del edificio.

El edil del PTD tiene el respaldo de dos regidores del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), para presidir el organismo municipal.


Justicia._
El caso ocurrió en el paraje Los Corazones de El Seibo
SANTO DOMINGO.- Un hombre de 25 años sometido a la justicia por la Policía Nacional como principal sospechoso de la muerte de su madre por estrangulación fue enviado a prisión por tres meses, como medida de coerción, por una jueza de la Instrucción de la jurisdicción de El Seibo.

La Policía informó que el prevenido es Domingo de los Santos Durán (Danielo), principal sospechoso de la muerte de su madre,  Santa Durán, a la cual habría estrangulado, ocasionado traumas y laceración en la cara, durante un hecho criminal ocurrido el pasado 20 de julio, en el paraje Los Corazones, La Candelaria, de El Seibo.


Aplazan conocimiento prisión contra Acosta. http://www.diariolibre.com/noticias/2012/08/30/i349966_aplazan-conocimiento-prision-contra-acosta.html

Solicitud será conocida mañana a las 10:00 a.m.


SD. El juez del tribunal de Instrucción de Atención Permanente aplazó para mañana viernes, el conocimiento de la solicitud de medida de coerción en contra del ex director del Prisiones, Mario Acosta.
La solicitud fue depositada ante el tribunal a las 9:50 p.m. ayer por la Fiscalía del Distrito Nacional, que pidió un año de prisión preventiva bajo la acusación de actos de corrupción y soborno.

Internacionales._

Cada año más de 3.000 trabajadores mueren en las minas chinas
PEKIN.- Veintiséis personas murieron y 21 permanecen atrapadas debido a la explosión de gas en el interior de una mina de carbón en la provincia de Sichuan, en el suroeste de China, informó hoy la agencia oficial de noticias Xinhua.

De acuerdo con la fuente estatal, el accidente se produjo en la mina de Xiaojiawan, en la ciudad de Panzhihua, hacia las 18:00 hora local de ayer, miércoles (10:00 GMT), cuando 154 trabajadores se encontraban en el interior, aunque 107 pudieron ser rescatados.



Ordenan evacuar a 50.000 personas por temor a rotura de una presa en Misisipi. http://www.diariolibre.com/temporada-ciclonica/2012/08/30/i350008_ordenan-evacuar-000-personas-por-temor-rotura-una-presa-misisipi.html

La tormenta tropical "Isaac" continúa perdiendo fuerza
MIAMI,EE.UU. Las autoridades locales ordenaron hoy la evacuación inmediata de entre 50.000 y 60.000 personas a lo largo del río Tangipahoa, en Luisiana y Misisipi, ante el temor de que se rompa una presa del lago Tangipahoa.

"Una orden de evacuación preventiva se ha emitido para el área sur del lago Tangipahoa. La presa ha sufrido graves daños por las fuertes lluvias de la tormenta tropical 'Isaac'", anunció hoy el
Centro de Gestión de Emergencias de Misisipi, que insistió en un comunicado en que la presa no se ha roto y se trabaja en su reparación.

El presidente del distrito de Tangipahoa (Luisiana), Gordon Burgess, confirmó a través de su web que "una evacuación obligatoria se ha emitido para todas las zonas bajas del entorno del río

Actividades de Actualidad


ACTIVIDADES
Qué nos trae el día

Hoy es jueves 30 agosto, el sol salió a las 6:24 de la mañana y se pondrá a las 6:54 de la tarde. Mientras, Meteorología anuncia pocas lluvias para el fin de semana.

Para las 9:00 de la mañana, la UASD tiene una rueda de prensa, también el cardenal López Rodríguez, a las 10:00, en la Casa de la Juventud.

Además, la alcaldía de Villa Altagracia y varias organizaciones comunitarias fijaran hoy su posición, a las 10:00 de la mañana, sobre el comunicado que hiciera la embajada de Estados Unidos de que en esa zona se cometen atracos en horas de la noche.

Lea en la edición de este jueves de el Caribe, los destrozos que dejó a su paso por el país la tormenta tropical Isaac y la situación en que dejó el puente sobre el canal Mena, en Bahoruco, además, las declaraciones que hace la Asociación de Industrias de que dará al presidente Danilo Medina el tiempo necesario, para que presente su propuesta de reforma fiscal.

También, la Asociación de Instituciones Educativas Privadas sometió un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 86-00, que fija y regula las tarifas de los colegios, y una buena noticia para los cancelados y es que la Dirección General de Ética dijo que evaluará si en lascancelaciones de empleados en la Contraloría, que ayer miércoles montaron un piquete frente a la institución, hubo violación a la ley..
Y en la continuación de la serie de reportajes que realiza elCaribe, conozca como el 25 por ciento de las personas mayores de 15 serían analfabetos funcionales en el país. Lea la historia de Justo Zayas de los Santos, y ayer los cuerpos castrenses llamaron ayer a sus miembros a reportarse en sus respectivos cuarteles. 

 La Agenda

9:00 a.m. TSE entrega certificados a jueces. Sede tribunal. Gazcue.

10:00 a.m. Taiwán entrega US$1 millón para los programas de becas en RD. Sede MESCyT.

10:00 a.m. Ofrenda floral del FEDA en el Altar de la Patria.

6:00 p.m. Clausura Congreso de Comerciantes y Empresarios y toma de posesión directiva de Fenacerd.