viernes, 2 de noviembre de 2012

Seguimiento a Reforma Fiscal


Cambios a la reforma incluyen una amnistía fiscal y posposición impuesto a vehículos

Reducen gravamen al Avtur y posponen 10% a zonas francas

SD. El equipo económico del gobierno acogió las modificaciones hechas por la comisión bicameral al proyecto de reforma tributaria, se elaboró el informe y el Senado lo conocerá de urgencia, en una sesión extraordinaria hoy a partir de las 10:00 a.m.
El presidente de la comisión, Reinaldo Pared Pérez, anunció que a partir de la entrada en vigencia de la Ley, el gobierno otorgará una amnistía fiscal a las personas físicas y jurídicas con atrasos en el pago del Impuesto Sobre la Renta.
Pared Pérez también informó que el impuesto del 10% a los dividendos de las empresas de zonas, fue pospuesto, hasta que existan leyes similares en los países signatarios del Tratado de Libre Comercio.
Entre los cambios aprobados al proyecto impositivo está el impuesto del 1% al valor del vehículos, cuya aplicación fue pospuesta para el 2014; y el impuesto del 1% sobre el patrimonio inmobiliario total de las personas físicas, que será determinado sobre el valor que establezca el Catastro Nacional, en vez de ser por un monto de RD$5 millones, será de RD$6.5 millones.
También, el impuesto a la transferencia de inmuebles fue dejado en 3% y no en 4.5 % como estaba el propuesta original; y sobre la ley de Energía Renovable que se establecía una exención de un 75% del Impuesto Sobre la Renta y se redujo en un 40%; mientras que con relación al incremento del ad valorem del Avtur, de un 8% al pago del Ad Valorem, fue reducido a un 6.5 por ciento.
Se eliminó el 5% de las ventas para las industrias textiles y de calzados, establecido en la ley 56-07, se incluyó para la exención del ITBIS, que sólo se establecía para el servicio educativo, también el aspecto cultural.
Se mantiene el impuesto por emisión de CO2, pero se redujeron los porcentajes de 0,1,3 y 5 y se cambió por 0,1, 2 y 3 el porcentaje a pagar por este concepto.
Los cambios eliminan del artículo 40 lo referente a la Ley 28-01, que otorga incentivos a las empresas que se establezcan en la zona fronteriza, con el compromiso de modificar esa ley en un plazo de 60 días, para limitar las empresas que recibirán incentivos por operar en esa parte del país.
No serán gravados los salones de belleza y ni las peluquerías, ni negocios informales, salvo aquellos, cuyo volumen mensual de compra sea mayor de RD$50 mil.
Queda eliminado el impuesto del 10% de propina establecido por ley y las ventas locales de las zonas francas serán gravadas con un 3.5 % en lugar de un cinco.
También se eliminó el gravamen a la producción cinematográfica.
Estos cambios representan una reducción de RD$1,000 millones que junto a los RD$7,800 millones que el Poder Ejecutivo disminuyó, se estima que las recaudaciones rondarían los RD$46 mil millones.
Prd, impotente
El diputado del PRD, Radhamés González, adelantó que su bancada se siente impotente porque la mayoría del PLD en el Congreso "le pasó el rodillo a la oposición" e impuso las medidas que afectarán directamente a la población.
De acuerdo con el legislador, las modificaciones introducidas en la reforma fiscal fueron muy mínimas

Senado aprueba en dos lecturas consecutivas la reforma fiscal

La iniciativa fue sancionada a unanimidad con el voto de los 30 senadores presentes
SANTO DOMINGO. El Senado  de la República  declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas y con modificaciones el proyecto de reforma tributaria, que busca recaudar un estimado de RD$46 mil millones.

La iniciativa fue sancionada a unanimidad con el voto de los 30 senadores presentes en la sesión. Ausentes estaban amable Aristy Castro y Carlos Castillo.

La amnistía fiscal a todos los contribuyentes será aprobada mediante una ley, por lo que quedará suspendida la aplicación del párrafo del artículo 47, de la reforma fiscal.

Este párrafo propone "Todos los incrementos de patrimonio cuyo origen no pueda ser justificado y todos los bienes o derechos propiedades o adquisiciones que no se correspondan con la renta o patrimonio declarado por el contribuyente constituyen rentas no declaradas, así como las deudas inexistentes que sean presentadas en las declaraciones de impuesto o registradas en los libros de contabilidad o cualquier otro registro que sirva de base a los fines de la determinación de la obligación. Todas las rentas no declaradas de acuerdo con las disposiciones de presente Párrafo se integrarán a la base imponible del impuesto para la determinación de la obligación tributaria en el periodo que sean descubiertas, salvo que el contribuyente pruebe de forma fehaciente y suficientemente que ha sido titular de los bienes y derechos de que se trata en una fecha anterior a la del periodo de prescripción. Los incrementos de patrimonio a los que se refiere el presente párrafo no podrán ser justificados con beneficios u utilidades provenientes de actividades ilícitas".

La propuesta prohibía la importación de prenderías, trapos y calzados usados (pacas), con fines comerciales o de beneficencia, pero este artículo fue eliminado.

Los juegos de azar, las loterías, los sorteos, rifas benéficas, casinos y establecimientos de juego de azar, máquinas tragamonedas y otros juegos electrónicos, bingos y cualquier otra manifestación de los mismos para operar en el país, deberán solicitar su licencia en el Ministerio de Hacienda. Igual que cualquier traslado de bancas de lotería y deportivas, deberá contar con la autorización de Hacienda.

Más detalles

La aplicación del impuesto del 1% al valor de los vehículos fue pospuesta para el 2014; y el impuesto del 1% sobre el Patrimonio inmobiliario total de las personas físicas, en vez de ser por un monto de RD$5 millones, será de RD$6.5 millones.

El impuesto a la transferencia de inmuebles fue dejado en 3% y no en 4.5 % como estaba el propuesta original; y sobre la ley sobre Energía Renovable que se establecía una exención de un 75% del Impuesto Sobre la Renta y se redujo en un 40%; mientras que con relación al incremento del ad valoren del Avtur, de un 8% al pago del Ad Valoren, fue reducido a un 6.5 por ciento.

Se eliminó el 5% de las ventas para las industrias textiles y de calzados, establecido en la Ley 56-07, se incluyó para la exención del ITBIS, que sólo se establecía para el servicio educativo, también el aspecto cultural.

Se mantiene el impuesto por emisión de CO2, pero se redujeron los porcentajes de 0, 1, 3 y 5 y se cambió por 0,1, 2 y 3 el porcentaje a pagar por este concepto.

Los cambios eliminan del artículo 40 lo referente a la Ley 28-01, que otorga incentivos a las empresas que se establezcan en la zona fronteriza, con el compromiso de modificar esa ley en un plazo de 60 días, para limitar las empresas que recibirán incentivos por operar en esa parte del país.

No serán gravados los salones de belleza y ni las peluquerías, ni negocios informales, salvo aquellos que su volumen mensual de compra sea mayor de RD$50 mil, que deberán pagar RD$12 mil anual.

Queda eliminado el impuesto del 10% de propina establecido por ley y las zonas francas, serán gravadas sus ventas locales con un 3.5 % en vez de un cinco y se eliminó el gravamen a la producción cinematográfica.

No grava salario 13
El nuevo proyecto tributario elimina gravar el salario de Navidad con el Impuesto Sobre la Renta (IRS) a las personas físicas, pero contempla un aumento de RD$2.0 al galón de las gasolinas y gasoil para destinarse al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura vial, así como a la renovación del transporte público.

Asimismo, seguirá hasta el 31 de diciembre 2013 el cobro del 1% a los activos financieros y se mantendrá la tasa del 10% a los servicios de telecomunicaciones.

El proyecto también contempla bajar la tasa de impuestos sobre activos a 0.5% en el 2015 y la eliminación del impuesto a partir del año 2016.

Aumenta en los próximos tres años el ISC a cigarrillos y manufacturas hasta alcanzar una tasa efectiva de tributación de 70% y mantiene la tasa de 130% de ISC a la importación de tabaco para fumar.

El proyecto actual elimina la propuesta de gravar las bebidas no alcohólicas con ISC de 10%, y mantiene exento del pago del ITBIS los bienes de la canasta básica como arroz, habichuelas, carnes, pollo, huevos, leche, frutas, vegetales, así como bienes de capital e insumos agropecuarios, materiales y servicios educativos, medicinas y servicios médicos, servicios básicos y servicios financieros y combustibles.

En cambio, se amplía la base imponible a café, azúcar, aceites y grasas comestibles, yogurt y chocolate, servicios de entretenimiento y cuidado personal a tasas de 8%, 11%, 13% y 16%, en vez de 10%, 12%, 14% y 16%, en el periodo 2013-2016, como se contempló originalmente.

El proyecto elimina la propuesta original que disponía el cobro del ITBIS de Proindustria en DGA.

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