miércoles, 27 de junio de 2012

Derecho Urbanistico y Gobernanza Local


¿Qué aporta realmente un nuevo planeamiento general a un municipio?


Alejandro Criado

El Derecho Urbanístico tradicional en España ha regulado, con buen criterio, tres categorías de planeamiento general: El plan general, para municipios medios y grandes, aproximadamente a partir de unos 50.000 habitantes, las normas subsidiarias para pequeños municipios, de unos 2.000 a 50.000 habitantes, y el proyecto de delimitación de suelo urbano, para municipios inferiores a 2.000 habitantes y además sin crecimiento o incluso disminución de su población. Este esquema de planeamiento general de mayor o menor complejidad según el mayor o menor número población y crecimiento potencial se ha mantenido con algunas variaciones en la mayor parte de leyes urbanísticas en España.
Sin embargo, cabe preguntarnos, por regla general, cuales suelen ser las causas más frecuentes para que un municipo decida revisar  o elaborar el planeamiento general. La primera y más importante es la regulación del crecimiento mediante la clasificación del suelo urbanizable, que normalmente, especialmente en el pasado, es una de las principales fuentes de progreso de los municipios, en un país como España en el que tanto peso ha tenido el mercado inmobiliario. La segunda es la adaptación del modelo de ciudad a los cambios de gobierno municipal, geográficos, económicos o incluso sociales, como por ejemplo la necesidad de nuevos suelos para actividades económicas que se demanden. La tercera es la actualización de la normativa, los planos o el planeamiento en su conjunto, bien a los cambios legales, o bien a los avances técnicos que conllevan que la planimetría de los años ochenta, hecha a mano, nada tenga que ver con la actual hecha con ordenador con el apoyo los modernos sitemas cartográficos que los hace mucho más exactos.
Por ello, dada delicada situación económica actual, parece más razonable la revisión de planeamiento general de ciudades medias o grandes que en pequeños municipios, no sólo por la delicada situación presupuestaria de estos últimos sino por su menor potencial de crecimiento a medio plazo.

Jesús Ma. Guzmán González

La falta de planeamiento urbano y la inexistencia de planes estratégico de acción, se ha constituido en el Elefante blanco de la mayoría de los Municipio en República Dominicana, ya que sus Alcaldes no han tenido la visión de regular las acciones que demandan para sincronizar su desarrollo.
Aun teniendo un paso de avance como lo constituye la Ley General Sobre la Administración de Los Ayuntamiento (176-07), no ha sido suficiente para lograr copiar los avances que han tenido ustedes en España en materia de  descentralización del poder local y la gobernanza.


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