Sigo insistiendo que si hay que modificar el
Código del Menor, pero no para imponer penas, sino para re-definir el
procedimiento. En mi opinión hay que construir 32 Centros de reclusión
especializada para menor, para cuando un menor delinca, sea tutelado por el
Estado como dispone la constitución y desde ahí reciba la formación que demande; psicológica y mentalmente, además
de la educación, la formación laboral y moral, que permita al cumplir su
mayoría de edad, ser evaluado y juzgado en un tribunal ordinario que lo
procesara y definirá el estatus que debe tomar ese reo para cumplir su pena, con la finalidad de que se convierta en un ser humano potable para la sociedad.
El objetivo no debe ser la pena, pero tampoco podemos seguir teniendo en gran cantidad, las bandas de delincuentes juveniles que están presidiendo el 80% de los actos delictivos en el país, por lo que separarlo de la sociedad no es una opción, es una obligación del Estado, como garante y tutor de los menores y garante de la seguridad de la sociedad en su conjunto, según establece nuestra carta Magna.
Visión de Centro de Reclusión
Supuesto._
Construcción de reformatorios o Centros de reclusiones especializados, con un modelo de Politécnicos, con centro laborar, donde los recluido puedan rendir un trabajo a la Nación y resarcir los gastos que se incurren en su formación. Sobre esta tesis, tengo el criterio que todos los recintos Penitenciarios deben tener zonas Francas o centro laborales, donde estos inadaptado de la sociedad puedan rendir un trabajo digno que hasta cierto modo colaborara a su formación, incluyendo reinvindicarle un 20% de su salario para cuando salga de la prisión o enviárselo a algún descendiente directo según elección.
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